El plazo para presentar la declaración del la renta empieza el 3 de mayo, ¡que nadie se despiste!

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Ya está aquí la temida Declaración de la Renta, un año más. Los contribuyentes deberán presentar sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondientes al ejercicio 2011, entre el 3 de mayo y el 2 de julio, según ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

No tienen que declarar los contribuyentes que hayan obtenido en 2011 rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador. Este límite también se aplicará cuando se trate de contribuyentes que perciban rendimientos procedentes de más de un pagador y concurra que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

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Tampoco deben presentarla los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 11.200 euros anuales cuando procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales o se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos diferentes de las percibidas de los padres.

Por el contrario y en el lado opuesto, sí están obligados a declarar los contribuyentes que tengan derecho a deducción por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional o que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad o planes de pensiones.

En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, estarán obligados a presentar declaración los sujetos pasivos cuyos bienes o derechos tengan un valor superior a dos millones de euros.

Imagen | Equipo de oficina Vía | 20minutos

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